¿ES DELITO OPERAR CON DÓLAR BLUE?
El nuevo Código Penal de la República Argentina, en su TÍTULO XVIII, DELITOS CAMBIARIOS, señala:
“Actualmente, los delitos cambiarios se encuentran previstos por la Ley 19.359 (B.O., 10/12/1971) de Régimen Penal Cambiario que fue modificada por ley 22.338 (B.O.3/12/1980).
Se propone aquí una actualización de los tipos penales.
Capítulo 1 - Delitos
Artículo 379.-
Se penalizan las operaciones de cambio clandestinas con penas de multa de hasta diez (10) veces el monto de operación involucrada. De esta forma, se sanciona al que a sabiendas realice una operación de cambio sin la intervención de persona física o jurídica autorizada para operar en cambios por la autoridad competente en materia cambiaria.”
Y se extiende así hasta el artículo 389.
Así que sí, es delito.
¿Y esto, a qué viene?
A que la hipocresía instituida como norma en nuestra sociedad se desplaza lo más campante repleta de delincuentes que la juegan de honestos.
Es muy probable que, ante la maraña de cosas que tiene que manejar en este momento, el presidente Alberto Fernández no fije, precisamente, su atención en este asunto que, por uso y costumbre, ya forma parte de nuestra realidad cotidiana. Pero, en una de esas, valdría la pena empezar a pensar que, en algún momento, la Argentina debería entrar en la legalidad total.
Uno de los líos más grandes que tiene la ANSES con el tema de las IFE, es la informalidad y la ignorancia en la que se encuentran muchos de los que más la necesitan.
No tienen cajas de ahorro ni jamás tuvieron intención de tenerlas. Y ahora quieren que les hagan llegar el dinero a sus casas.
Para abrir una cuenta DNI en el Banco Provincia se tardan apenas minutos. Hemos probado y funciona. Y unos pocos días después llegan las tarjetas.
Queda pendiente la posibilidad de desarrollar algunas aplicaciones para habilitar billeteras virtuales en los teléfonos celulares.
¿Y si no tiene teléfono?
¡Bueno! ¡Basta! ¡Ya está! Una cosa es un estado que proteja a los desposeídos y, otra, uno que les tenga que dar de comer en la boca.
¿Y el dólar blue?
La misma permisividad que se aplica con el dólar ilegal, se aplica a la cantidad de gente que trabaja en negro, que no tributa y, en consecuencia, no es sujeto de derecho.
Todos. ABSOLUTAMENTE TODOS, debemos tener una caja de ahorro tal como tenemos un DNI. Eso significa que todos debemos pagar ARBA en la provincia de Buenos Aires o lo que corresponda en la provincia que fuera, pagar AFIP aunque sea una cifra irrisoria y cobrar en blanco cualquier retribución laboral que pudiera tener, incluso, por trabajo casual.
¿Y el dólar blue?
Entonces, cuando se muestre la voluntad de legalizar la economía con los que menos tienen, actuar con todo el peso de la ley con aquellos que, ya no por ignorancia, sino por picardía delictual, comercian en el mercado paralelo.
Es absurdo que, siendo ilegal, se dé lo más campante la cotización del dólar blue en todos los medios. Es como si publicasen a cuánto está el gramo de cocaína o los cigarrillos de contrabando.
¿Quieren empezar a hablar de la economía después de la cuarentena? Vayan pensándola por este lado.

Redaccion

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